viernes, 13 de abril de 2007

Denuncia penal por impedir la venta de un diario

SEÑORA FISCAL DE INSTRUCCIÓN:
GONZALO BARTOLOMÉ PELTZER, en su carácter de director del Diario El Territorio, conforme documentación que se adjunta a la presente, con domicilio legal en Avda Quaranta Nº 4.307 y constituyendo a estos efectos en calle La Rioja Nº 1887 3er. Piso ambos de la ciudad de Posadas – provincia de Misiones, se presenta ante el Señor Agente Fiscal en turno y respetuosamente DICE:
I)OBJETO:
Que viene por este acto, a formular denuncia PENAL por los hechos delictivos perpetrados en la madrugada del día 06 de abril de 2007 en la ciudad de Posadas, en la que resultaran víctimas las personas encargadas de la distribución y comercialización del diario EL TERRITORIO de la ciudad de Posadas y como así también el diario bajo mi dirección por haberse afectado la Libertad de Prensa.-
La presente denuncia se formula contra las siguientes personas, las cuales han podido ser identificadas como el Asesor del Gobierno Provincial Señor HÉCTOR ANÍBAL BENÍTEZ y los Señores CARLOS CÁCERES, JAVIER AQUINO, CÉSAR GODOY, FERNANDO SÁNZ y sus dos hijos de apellido SÁNZ, DANIEL CABEZAS, JOSE ROSON y otras personas que deberán ser objeto de identificación por los hechos tipificados prima facie como delitos de INTIMIDACIÓN, AMENAZA ( Art. 149 bis), DELITO CONTRA LA LIBERTAD DE PRENSA (Art. 161 del CP) y/o por las acciones que del desarrollo del expediente corresponda calificar el juez interviniente, según el relato de los hechos y prueba aportada.-
II) RELATO DE LOS HECHOS:
El día viernes 06 de abril de 2007, día feriado con motivo de conmemorar la feligresía Cristiana de la pasión de Nuestro Señor Jesucristo, el DIARIO EL TERRITORIO por motivos empresariales, turístico, periodísticos, y a los fines de garantizar la difusión de las noticias nacionales, provinciales y municipales, como es tradición de estos últimos años, ha decidido su aparición atento al prestigio de ser el diario decano de la prensa de la provincia.-
Esta decisión fue notificada oportunamente, a través de distintos medios a nuestros clientes, distribuidores y lectores, por lo que nuestros principales clientes (kiosco y distribución de paradas) formularon sus pedidos de ejemplares conforme listado adjunto, una cuestión de práctica en este rubro.-
No constituye un dato menor, que por ser el Viernes Santo un día “especial” no sólo para los cristianos, sino también en base a las tradiciones, legislación y condiciones laborales de quienes tenemos que laborar en este día, también las comisiones y condiciones de comercialización fueron distintas para los comercializadores del diario, que aceptaron la propuesta. Pues debemos dejar en claro que algunos clientes no formularon pedidos.-
El personal de la empresa TRIADE S.A. responsable de la distribución y comercialización del Diario, se hizo presente el día del suceso a los fines del reparto. Como es costumbre, siendo las 0:30 hs. del día Viernes 06.04.2007 el personal de TRIADE S.A. procedió a cargar las camionetas responsables de las distribución, y además, ese día tenía especial relevancia la información contenida en el diario, ya que como surge del ejemplar acompañado, se informaba la muerte del MAESTRO Neuquino Carlos Fuentealba, que provocó repercusiones de nivel nacional y provincial.-
Cuando el personal de Triade S.A. Sres. Christian Maritano – Jefe de Distribución -, Adalberto Villanueva y Virgilio Luis Zamudio – responsables de distribución - se hicieron presente en el playón del diario, advirtieron que desde horas antes, sobre la vereda de los Talleres del Diario estaban apostados los denunciados, quienes también revisten algunos de ellos, la calidad de funcionarios del gobierno provincial y, otros, representantes gremiales. El objetivo según hicieron saber a la guardia del Diario y a periodistas que intentaron hablar y fotografiarlos, era impedir la distribución, circulación y comercialización del diario del día Viernes 06.04.2007.-
Lo que llamó poderosamente la atención en un primer momento, eran las incesantes comunicaciones telefónicas que llevaban adelante los ahora denunciados y en especial el Sr. Benítez. Esta persona de notoria influencia en el Gobierno Provincial (ex legislador provincial, mandato vencido) que en su condición de Funcionario Publico del Ministerio de Gobierno, ostentaba su vinculación con el Gobernador y el Jefe de la Policía, esta última con dependencia funcional de dicho Ministerio.-
Los citados sujetos en actitud desafiante, se encontraban apostados con automóviles particulares, los cuales fueron fotografiados (se adjunta copia de las fotografías) y, que correspondían a un Peugeot 405 color blanco, Renault Megan color Gris, Renault 18 color bordó, según refirieron el personal de seguridad de los talleres y la policía del Comando Radioeléctrico, apostados en el lugar.-
Producida la carga de los fajos de periódicos, el personal de distribución comienza una verdadera odisea; los sujetos denunciados a bordo de los automóviles citados comenzaron una persecución, gritos de amenazas y amedrentamiento, a los fines de detener los vehículos con el material periodístico. La acción amenazante y obstructiva estaba dirigida a impedir la entrega del material impreso a los kioscos y vendedores individuales (“canillitas”), quienes habían solicitado los ejemplares para los clientes.
La persecución de las camionetas de distribución, los denunciados la realizaron en forma patoteril, en los autos antes indicados; la persecución con la finalidad de impedir la entrega o bien producida esta, el desapoderamiento, secuestro y retiro de circulación de los ejemplares, se desarrolló durante toda la noche y parte de la madrugada en las calles y avenidas de nuestra capital.-
La situación fue realmente tensa y hostil, y tuvo su mayor pico de agresión, cuando se produjo la intimidación, amenaza y amedrentamiento del Sr. Adalberto Villanueva, quien realmente fue objeto de una persecución casi cinematográfica. Estando no sólo en peligro los bienes a su custodia entre los que estaban los ejemplares del diario, sino hasta su propia vida, ya que fue encerrado en una calle sin salida paralela a López y Planes, con ingreso por Santa Catalina ( para ser más preciso al costado del Club Huracán).-
Cuando Villanueva fue encerrado, insistimos, bajo amenaza y en una actitud patoteril, inmediatamente se comunicó con su compañero del otro móvil de reparto Sr. Luis Zamudio telefónicamente, comunicación que fue realizada entre los teléfonos celulares 3752-549419 y 3752-311942, a los fines de pedir ayuda.-
Ante la situación, Villalba bajó de su vehículo y recibe gritos de amenazas de una persona que pudo identificar como Sanz (hijo), ya que él mismo se comunicaba telefónicamente con otros sujetos a quienes decía: “ Si Tío acá lo tengo encerrado” … y a Villalba le decía “ de acá no vas a salir ...” , “ vas a ver lo que es bueno…”, “ Uds. joden y nosotros tenemos todo el poder..”; ante lo cual, Villalba atemorizado de lo que estaba padeciendo, lo único que atina es a subir a la camioneta y realiza maniobras para esquivar el encierro. En esa oportunidad, siente golpes de puño y patadas sobre la cúpula de la camioneta y procede, aprovechando la distracción debe darse a la fuga velozmente a los fines de evitar la persecución y las represalias por las amenaza contra su vida e integridad de la que fue objeto.-
Luego de ello, se junta con sus compañeros que estaban de reparto y proceden a realizar las últimas entregas. En esa oportunidad, presos del temor y la situación de angustia vivida, resuelven personalmente que debían terminar con el trabajo de reparto y que más allá de las presiones y de su propia seguridad e integridad física, debían cumplir con su trabajo y se dirigen por lugares visibles a los fines de entregar los diarios comprometidos. Cuando nuevamente proceden a ordenar el reparto, se encuentran con los denunciados quienes amedrentaban a los canillitas y responsables de puesto, retirando los ejemplares a los fines de impedir su circulación.-
Como hecho distintivo, cabe señalar los de los clientes Néstor Arce, con puesto de diario frente a la UNAM; Norma Rivero (Responsable de la zona del Hospital) y Nicolorich (con su puesto en Corrientes C/ Centenario) a quienes los denunciados arrebataron los paquetes de diarios, se vieron impedidos de producir la circulación y venta y, lo más llamativo del caso, fue que dichas entregas fueron devueltas personalmente por Hector Anibal Benítez, Carlos Cáceres y Javier Aquino en la sede de TRIADE S.A., el día sábado 07.04.2007, cuando en realidad los mismos corresponden a otros clientes a quienes les han arrebatado a los fines de impedir la venta, circulación y distribución del medio de prensa a mi cargo DIARIO EL TERRITORIO.
Los hechos aquí denunciados fueron consumados por las personas objeto de esta denuncia, quienes además pretendieron hacer pasar los hechos como un “legitimo reclamo gremial”, cuando ese no es el ámbito y la metodología, ya que lo que llevaron adelante fue una verdadera situación de apriete y obstrucción a la libertad de prensa.
Conforme lo relatado estamos en presencia de un claro HECHO DELICTIVO, perpetrado por sujetos individuales, algunos de ellos funcionarios públicos del Gobierno Provincial que, al estilo de la viejas prácticas que creímos desterrada del suelo argentino y, en especial el Misionero, amedrentaron, amenazaron e impidieron la circulación del diario, llegando, como lo señalaba, a apoderarse de diarios adquiridos por terceros (quiosqueros y repartidores), consumando así un delito muy grave para el sistema democrático atento a su protección constitucional.-
No cabe dudas a esta parte denunciante que, estos hechos ahora puesto en conocimiento de la Justicia Penal, no sólo debe ser investigados y sus responsables castigados, sino que toda acción antijurídica y tipificada penalmente debe ser denunciada. Muchas veces las hojas de nuestro diario han sido la herramienta de expresión de victimas de delitos, y ha sido la Justicia de OFICIO quien ha investigado y procesado a los culpables. Hoy como Diario Decano de la Prensa Misionera somos victimas de delitos muy graves, que además han involucrado a trabajadores de empresas vinculadas a nuestro medio. Por eso no se trata del simple hecho de anoticiar a la Justicia de acciones que configuran hechos típicos, antijurídicos y culpables, sino de dar ejemplo de ejercicio de los derechos constitucionales que garantizan no sólo la protección integral de la personas y los bienes, sino de derechos humanos de segunda generación como lo es la libertad de Prensa.-
II)CONFIGURACIÓN PENAL DE LA CONDUCTA:
a-DELITO DE INTIMIDACIÓN, AMENAZA y COACCIÓN:
La libertad individual del personal dependiente encargado de la planta, transporte y distribución del diario EL TERRITORIO, se tipifica con el anuncio a otra persona de un mal futuro, posible, grave, injusto, cuya voluntad depende del sujeto activo.-
Estamos en presencia de un delito doloso, pues requiere la intención de causar amedrentamiento o alarma de la víctima, pero no requiere la producción de ese resultado. Es por ello que la consumación se produce al hacer el sujeto activo la amenaza.-
En virtud de la presión ejercida sobre el personal dependiente, a los fines de impedir la distribución del diario del día 06 de Abril de 2007, se obligó a las víctimas a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad.-
Estamos en presencia de un delito doloso y formal, pues tampoco se exige que el resultado buscado se produzca efectivamente para que delito se consume.-
b-DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE PRENSA – ABUSO DE AUTORIDAD:
En virtud de lo dispuesto por el Artículo 14 de la Constitución Nacional – derecho de todos los habitantes de la República Argentina a publicar sus ideas – el artículo 161 sanciona TODO atentado contra uno de sus aspectos fundamentales: la libre circulación.-
La conducta punible esta dada por la acción de impedir o estorbar la libre circulación de la prensa. Al impedir se coloca un obstáculo infranqueable, y al estorbar se obstaculiza parcialmente su circulación, sea retardando, desviando o dificultando temporalmente su camino.-
Cuando el Código nos habla de libre circulación, alude al camino que va desde que la publicación está impresa hasta que el lector la adquiere.-
Aquí además, atento a la autoridad que reviste por lo menos uno de las personas denunciadas HECTOR ANIBAL BENITEZ, el mismo reviste la calidad de FUNCIONARIO PUBLICO, por lo que se considera que habrá concurso con el delito de ABUSO DE AUTORIDAD (art. 248 del Código Penal).-
III) PRUEBA:
Se adjunta la siguiente Prueba:
DOCUMENTAL:
1- Ejemplares de los diarios EL TERRITORIO DE LOS DIAS VIERNES 06.04.2007, SABADO 07.04.2007 y DOMINGO 08.04.2007 que refieren estos dos últimos a los acontecimientos desarrollados en el relato de los hechos.-
2- Ejemplares de los diarios PRIMERA EDICIÓN y MISIONES ON LINE del día LUNES 09.04.2007, en el cual bajo la firma del Sindicato de Canillitas – Comisión Directiva -, se publica solicitada que hace referencia a los hechos denunciados.-
3- Nómina de clientes que requirieron ejemplares para el día viernes 06.04.2007.-
4- Fotografías en las cuales se observan los sujetos denunciados, que fueron tomadas por periodistas del diario El Territorio y que fue publicada en su edición del día sábado 07.04.2007.-
5.- Constancia del Sistema Integrado de Administración Pública de Personal – Constancia de la calidad de funcionario del Sr. Hector Anibal Benitez.-
TESTIMONIALES:
Se ofrece el testimonio de las siguientes personas:
1- CHRISTIAN MARITANO, Jefe de Distribución de Triade S.A. con domicilio en calle Comandante Miño 2088 de la ciudad de Posadas.-
2- ADALBERTO VILLANUEVA, Personal de Triade S.A. con domicilio en Lorenzini Nº 3010 de la ciudad de Posadas.-
3- VIRGILIO LUIS ZAMUDIO, Personal de Triade S.A. con domicilio real en Cabred y Marconi – Chacra 11 de la ciudad de Posadas.-
III)DERECHO:
Se funda los hechos denunciados en los Artículos 149 bis y 161 del Código Penal y Artículos 162, subsiguientes y concordantes del Código Procesal Penal.-
IV)PETITORIO:
1- Me tenga por presentado, parte en el carácter invocado, por acreditado su derecho, por denunciado domicilio legal y constituido domicilio.-
2- Por formulada denuncia penal, solicitando la instrucción correspondiente por el delito de INTIMADACIÓN, AMENAZA ( Art. 149 bis), DELITO CONTRA LA LIBERTAD DE PRENSA (Art. 161 del CP) y/o por las acciones que del desarrollo del expediente corresponda calificar el juez interviniente, según el relato de los hechos y prueba aportada, que SERÁ JUSTICIA.-

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